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Política de Imparcialidad

  • jesusnoriega03
  • 1 ene 2025
  • 2 Min. de lectura

En este espacio, TACME da a conocer la pólitica de imparcialidad con la cual se rige su actuar con sus clientes.


El Comité de Imparcialidad de TECNOLOGÍA APLICADA A LA CALIBRACIÓN Y MEDICIÓN S.A. DE C.V. (TACME), ha establecido las siguientes políticas para salvaguardar la imparcialidad de la certificación; y para su aplicación por todo el personal con el fin de que se realicen las actividades de evaluación de la conformidad de manera imparcial.


  1. TACME no debe certificar las actividades de certificación de sistemas de gestión de otro organismo de certificación.


  1. TACME y cualquier persona que forme parte de su estructura, no deben ofrecer ni proporcionar consultoría en sistemas de gestión.


  1. Ni TACME, ni ninguna parte de la misma entidad legal, ni ninguna entidad bajo el control organizacional de TACME, deben ofrecer o proporcionar auditorías internas a sus clientes certificados.


  1. TACME no debe certificar el sistema de gestión de un cliente que ha recibido consultoría por parte de un organismo que tenga relación con TACME, hasta pasados dos años después de haber finalizado la consultoría.


  1. TACME no debe contratar externamente las auditorías a una organización consultora en materia de sistemas de gestión.


  1. TACME no debe declarar o sugerir que la certificación sería más simple, fácil, rápida o menos onerosa si se recurriera a un determinado organismo consultor en sistemas de gestión.


  1. TACME no debe emplear al personal que haya realizado consultoría en sistemas de gestión, para participar en una auditoría o en otras actividades de certificación.


  1. TACME debe tomar medidas para responder a cualquier amenaza a su imparcialidad que provenga de las acciones de otras personas, organismos u organizaciones.


  1. Todo el personal de TACME (interno o externo), o los Comités, que puedan influir en las actividades de certificación, deben actuar de manera imparcial y no deben permitir que las presiones comerciales, financieras u otras comprometan su imparcialidad.


  1. TACME debe solicitar a su personal interno y externo, que revelen cualquier situación de la que tengan conocimiento, que se pudiera presentar a dichas personas o a TACME como un conflicto de intereses.


  1. Los empleados y Directivos de TACME estarán impedidos para Evaluar la Conformidad promovidas por personas con las cuales tengan nexos familiares por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado en línea recta o colateral, intereses económicos o conflictos de interés de otra índole.


 
 
 

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